Sin base, en U$S
REMATE:
Miércoles 9 de abril, 14:30 hs.
En Misiones 1365, Montevideo
Calle Sarandí 513
entre Gral. Flores y 25 de Mayo
Sup. terreno 300 m²
Sup. edificada 191 m²
Padrón 2288
3 dormitorios - 2 baños
Living - Cocina con comedor con pasa plato
Garage - Patio y fondo
SEÑA 30% - COMISIÓN IVA INC. 3,66%
FICHA 2-25416/2022
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 7o Turno, dictada en autos: "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A. c/ PERDOMO MÁS, NESTOR y otro - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-25416/2022, se hace saber que el próximo 9 de abril a las 14:30 horas, en el local sito en Misiones 1365, se procederá por intermedio del martillero HECTOR BAVASTRO, matricula 2237 RUT No 213384600012, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la sede, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor, en dólares americanos, el siguiente bien:
Fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicada en la manzana catastral 67 de la localidad catastral Carmelo, departamento de Colonia, zona urbana, empadronada con el numero dos mil doscientos ochenta y ocho ( No 2.288) que según plano del Agrimensor Mario Bordabehere de 06/1963, inscripto en la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles
Nacionales con el número 4.413 el 16.07.1963, consta de una superficie de trescientos metros treinta y tres decimetros (300,33 m) y se deslinda: Al Sureste en 14m 20cm de frente a calle Sarandí, entre las calles General Flores y 25 de Mayo, distando su punto medio 24m 40cm de la esquina formada con la calle General Flores; al Suroeste 21m 15cm lindando con padrón No 665; al Noroeste 14 m 20cm lindando con parte del padron No 2.805 y al Noreste 21m 15cm lindando con padron No 2.284.
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura y si el precio total de lo rematado superare las UI 1.000.000 se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza,
cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. Debiendo abonar el saldo dentro de los veinte días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpe por las ferias judiciales o semana de turismo. En caso de estar el mejor postor exonerado de la seña y del precio,
igualmente deberá pagar la comisión del rematador y los gastos del remate al serle aceptada su postura.
2) Serán de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva.
3) Serán de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre venta y el 1% más iva de Impuesto Municipal.
4) Se desconoce la situacion tributaria ante el BPS por las construcciones asi como el estado ocupacional y/o la existencia de arrendamientos sobre el bien.
5) Surge deuda de primaria y de contribucion inmobiliaria, únicos rubros que se podrán descontar por el mejor postor del saldo del precio de subasta, desconociendose la existencia de otras deudas.
6) de la cedula catastral surge que no cumple con el art. 178 Ley 17296.
7) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y los certificados registrales. 8) Toda la documentación relativa a este juicio se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado, Palacio de los Tribunales en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1o, a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco
Montevideo, 24 de marzo de 2025